VACAS FERNANDEZ, F., El Derecho Migratorio, Internacional y Europeo, como límite desde los derechos humanos a la discrecionalidad de los Estados en materia migratoria, ed. Tirant Lo Blanch, col. Derechos Humanos, Valencia, 2017.
Cristina Isacura
Si bien es cierto que desde tiempos inmemoriales el ser humano se ha desplazado para procurar una mejor vida, y que, además, este desplazamiento habitual forma parte de un fenómeno social y global, no menos cierto resulta el hecho de que, en la actualidad parece que ese “deseo” se ha trasformado, en la inmensa mayoría de los casos, en querer simplemente “sobrevivir”. Estos desplazados, como humanos al fin, buscan escapar, pero también buscan seguir siendo humanos, provistos de dignidad y de los derechos que les asisten por su condición de tal. La obra que se nos presenta, nos habla de ello, es un compendio de investigaciones que nos hacen abordar temas tan complejos y actuales como los movimientos migratorios, la discrecionalidad de los Estados a la hora de establecer sus políticas migratorias y los derechos humanos como límites a la misma.
El autor de la presente obra es Félix Vacas Fernández, Profesor Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la Universidad Carlos III de Madrid, quien además es experto en Paz y Seguridad, Organizaciones Internacionales, Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos, con más de once libros, y numerosos artículos científicos escritos, todos ellos producto de su larga y exhaustiva carrera de investigación. Para dar muestra de su reputada trayectoria académica tenemos como referencia que el Profesor Félix Vacas es, entre otros, Premio Extraordinario de Doctorado y Premio Defensa 2004, y la presente obra fue galardonada con el IX Premio San Raimundo de Peñafort de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España.
La monografía, además, ha sido publicada por una de las editoriales jurídicas más prestigiosa de España, Tirant lo Blanch, en su reputada colección de Derechos Humanos. Se trata de una recopilación de años de investigación del autor, de sus ideas y conclusiones en materia de migración, derechos humanos y soberanía de los Estados. Su argumento principal es la absoluta necesidad de contraponer el Derecho Migratorio al de Extranjería, por ser el primero más holístico, tendiente a la defensa de los derechos humanos por encima de la soberanía de los Estados; y es aquí donde surge, en mi opinión, el primer planteamiento del problema: ¿Realmente los Estados son tendentes a fortalecer los derechos humanos por encima de sus intereses, del llamado interés de Estado? ¿Realmente existe la voluntad política, social y jurídica para gestar un cambio a favor de todos aquellos que se vean obligados a desplazarse y que además están desprovistos de mucho, especialmente de derechos?
Las respuestas podríamos encontrarlas en esta ambiciosa obra que, a lo largo de ocho capítulos y 365 páginas, hace un recorrido extenso, completo, minucioso y muy bien estructurado del marco jurídico, internacional y de la Unión Europea, en materia migratoria. Quizás su gran aporte jurídico, social, filosófico e incluso filantrópico en el área sea la causa principal de que el prólogo lo escriba el insigne profesor Javier de Lucas, cuya trayectoria profesional sería imposible resumir en pocas líneas sin un arduo reconocimiento a su destacada labor; pero que, en pequeña síntesis, diremos que su campo de trabajo se ha dedicado a problemas de Filosofía y Teoría del Derecho, especialmente del estudio de políticas migratorias, minorías, ciudadanía, racismo y xenofobia y otros problemas en el ámbito de los Derechos Humanos. Es autor de gran cantidad de obras científicas y en esta monografía el profesor Félix Vacas hace referencia a varios de su trabajo en distintas oportunidades, denotando además su gran admiración por él. El profesor Javier de Lucas responde en el Prólogo con una crítica más que favorable sobre la calidad de la presente monografía.
Esta obra consta de tres partes, y ocho capítulos. La Primera Parte analiza la tensión entre el Derecho de Extranjería y el Derecho Internacional Migratorio consecuencia del paso del Derecho Internacional clásico al contemporáneo; nos señala los estatutos jurídicos de los migrantes en Derecho Internacional, tanto el estatuto general como los regímenes específicos (pp. 35-142). En el Capítulo 1 nos detalla cómo hablar de Derecho de Extranjería es hablar del Derecho interno elaborado por los Estados soberanos aplicable a los extranjeros, propio del Derecho Internacional clásico, donde estos son tratados como meros objetos, y no como sujetos de derechos. Aborda los conceptos de nacional, ciudadano y extranjero; donde, además, nos infiere cómo el concepto de nacional y ciudadano es un concepto positivo, donde la persona es poseedora de todos los derechos, mientras que el concepto de extranjero resulta negativo y limitante en cuanto a estos. El profesor Félix Vacas está de acuerdo con FERRAJOLI en intentar sustituir la noción de ciudadanía, referida únicamente al nacional, por la de persona, sujeto de todos los derechos (pag. 41); sin embargo, como bien nos dice el profesor DE LUCAS, “La construcción de un derecho que permita abrir a los extranjeros la condición de ciudadanos está aún lejos” (pag.42).
En el Capítulo 2 se refiere, primero, a las instituciones propias del Derecho Internacional clásico en materia de extranjería, tales como las cláusulas de nación más favorecida o trato nacional y al principio de reciprocidad; para inmediatamente adentrarse en el contenido del Derecho Migratorio, propio del Derecho Internacional contemporáneo, en primer lugar, explicando el estándar mínimo internacional y el estatuto jurídico general de los migrantes en el Derecho Internacional (pp. 76 y ss.). Todo ello parte de la igual dignidad de todos los seres humanos y, con ello, de los principios de igualdad y no discriminación, así como de las disposiciones de derechos humanos básicos y universales, para recordarnos que los derechos humanos deben ser disfrutados por todos, así como aseverar que los Estados han aceptado voluntariamente ser parte en la aplicación de estos derechos y que solo esto basta para que estén obligados a cumplirlos y hacerlos cumplir. En segundo lugar, y ya en el Capítulo 3, hace una incursión en los regímenes jurídicos específicos del Derecho Internacional Migratorio, entre ellos y como uno de los más importantes, señala el de los trabajadores migratorios, así como los de los más vulnerables: los menores y las mujeres.
La Segunda Parte del libro –que se corresponde a los Capítulos 4, 5 y 6- se centra en el Derecho Migratorio Europeo, tanto en lo que a la protección de derechos humanos se refiere –básicamente en el marco del Consejo de Europa, a través del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en aplicación de la Convención Europea de Derechos Humanos-, como a los intentos de elaborar en el seno de la Unión Europea políticas comunes en materia migratoria y de protección internacional de personas –tema, este último, que analizará más en profundidad en la Tercera Parte, destinada específicamente a ello, como vamos a ver-.
Defiende además la elaboración de un Derecho Migratorio Europeo sobre la base de los derechos humanos y que, por tanto, sea un Derecho menos excesivo y tendiente a garantizar, defender y proteger los derechos de los migrantes, erigiéndose así como un verdadero límite a la discrecionalidad de los Estados en la materia, tanto en los casos de acceso al territorio europeo, libre circulación, permanencia, salida, expulsiones y detenciones; como, en relación a la integración de los migrantes y la importancia de desarrollar un conjunto medidas contra el racismo y la xenofobia, aprender a gestionar los flujos migratorios para ocuparse tanto de la migración legal como de la irregular, a fin de evitar hechos ilícitos como la trata y el tráfico de personas. Incide a su vez en que, la llamada crisis migratoria europea no es una “crisis”, al no ser ni “inesperada” ni “temporal”, sino que más bien denota el fracaso en las políticas migratorias a nivel Europeo que han derivado en la tragedia del Mediterráneo, una tragedia ya conocida por todos y que la Unión Europea veía venir y como prueba esto tenemos la creación de FRONTEX, tema que por supuesto no obvia el autor en la obra.
La Tercera Parte de la monografía está dedicada al análisis de la protección internacional de personas, asilo y refugio, en Derecho Internacional y Europeo. En esta fase el profesor Félix Vacas muestra la ausencia de políticas asertivas, así como, la falta de cooperación y voluntad por parte de los Estados (pp. 277 – 328). Llegados a este punto me permito nombrar otra monografía de especial interés que guarda estrecha relación con el Capítulo en cuestión, “Refugiados frente a la catástrofe humanitaria, una situación real” de NAIR, Sami (2016), donde el profesor francés explica muy bien las causas, y el posible desenlace, del drama por el cual millones de personas están pasando. Alguno de los trabajos del referido autor se mencionan también en la presente obra.
La monografía posee una línea de investigación y una metodología impecable, y muy sinceramente creo que es parte de un legado de soñadores, de hombres llenos de ideales, que pasan sus días investigando, y creando teorías para construir un mundo mejor, un mundo que bajo ningún motivo puede gestarse en la individualidad, ya que, debe ser la tarea de todos aquellos conscientes de que se puede incidir en la vida de los demás de forma positiva o negativa, solo con percatarse de la realidad y actuar. La historia nos ha mostrado que podemos ser muy crueles como especie, capaces de arrasar con la vida de muchos solo por no tener claro donde están los límites morales ni establecer los jurídicos en proporción a ellos. Resulta claro entonces que nosotros “hombres conscientes” debemos responder por esta sociedad, la que nos ha tocado vivir y de la que otros escribirán. Asumiéndolo, deberíamos incidir en la articulación de nuevos parámetros sociales, económicos, laborales, pero sobre todo jurídicos que se sumen al cambio estructural internacional que estamos viviendo con la configuración de un mundo global del que los movimientos migratorios son parte estructural.
Como abogada especialista en migración y extranjería, no puedo más que ser crítica con el sistema, cuya práctica, por lo menos española, en muchos casos llega a ser arbitraria, discriminatoria y poco ajustada a la normativa y a los propios valores que promulgan la Comunidad Internacional y la Unión Europea, causando el desdén y la desesperanza de muchos de los que a diario palpamos la realidad migratoria. Por ello, las políticas establecidas y las del porvenir deben ser lo más ajustadas a esta realidad y lo más cercanas a los derechos que nos asisten como personas solo por el hecho de serlo. Uno de los puntos de referencia para mí, en este libro, es la exigencia que hace el profesor Félix Vacas a que se reconozcan los derechos de los migrantes y se respeten los convenios y tratados internacionales en la materia, tendientes a custodiar el constructo de los Derechos Humanos existentes.
Por todo lo mencionado anteriormente, por su estructura, por el contenido tan completo, por su calidad e indiscutible rigurosidad, la presente monografía debe ser lectura obligatoria no sólo para académicos, juristas o especialistas en la materia; sino, además, y de manera especialmente relevante, creo que puede ser una herramienta práctica muy útil así como un instrumento clave para todos aquellos que trabajen en el área, ya sea como operadores jurídicos –abogados, funcionarios de extranjería o jueces- o como partes integrantes de ONGs o de cualquier otra organización o institución centrada en migración. Conocer bien los mecanismos y tener claras las rutas de defensa de los migrantes por parte de los auxiliares de la justicia puede marcar diferencia en la vida de muchos, tal y como afortunadamente he podido comprobar en mi día a día profesional.
No puedo cerrar esta recensión sin agradecer profundamente el trabajo hecho por el autor, el libro tiene para mí una connotación especial, quizás porque antes de ser abogada y ciudadana he sido inmigrante, pues este libro es una bandera a nuestra dignidad y a la de los nuestros. Finalmente debo decir que la presente monografía me hace evocar una frase del gran Martin Luther King: “Tengo un sueño, un solo sueño, seguir soñando. Soñar con la libertad, soñar con la justicia, soñar con la igualdad y ojalá ya no tuviera necesidad de soñarlas”.
Cristina Isacura
Abogada especialista en Migración y Extranjería