Protección Temporal para Venezolanos en España

Cristina Isacura Atencio.

Especialista en Extranjería/Derecho Internacional.
Directora de Isacura Asociados.

Necesitamos reconstruirnos como ciudadanía y necesitamos un lugar para ello

La situación en España con los venezolanos que no poseen el beneficio de tener una nacionalidad europea como segunda opción, ni poseen visados que les permita residir o trabajar, así como aquellos que se les ha denegado la solicitud de protección internacional, es de absoluta inseguridad jurídica.

A título de ejemplo señalaremos que: están desprovistos de permiso de residencia que les permita establecerse en el territorio, carecen de permiso de trabajo, no pueden canjear la licencia de conducir, el pasaporte venezolano en muchos casos lo tienen vencido o están imposibilitados a solicitar uno, o aun solicitándolo, el Gobierno venezolano se puede demorar más de 1 año para entregar dicha renovación, no resulta fácil abrir cuentas bancarias (por no decir imposible), alquilar pisos y disfrutar del sistema sanitario (salvo que sean menores o casos de urgencia) entre otros.

Todo ello trae como consecuencia que las personas que están viviendo esta situación, atraviesen por estados de angustia y de ansiedad constante que en muchos casos lleva a la desesperación, por cuanto, se ven imposibilitados a reconstruir sus vidas y a procurarse las necesidades más básicas.

Una de las principales consecuencias de esto, es el aprovechamiento de esa “irregularidad” del ciudadano para ofrecerle “trabajos” que no pueden realizar por carecer de los permisos oportunos, pero que aceptan por la necesidad. Estos trabajos “clandestinos” suelen tener condiciones deplorables, abusivas, incluso de explotación. Otra consecuencia de ello es la prostitución, muchas jóvenes o mujeres maduras, entran en el mundo de la prostitución por la carencia de recursos para el sustento diario, tanto de ellas como de familiares que aún continúan en Venezuela.

Otros optan por “rebuscarse” vendiendo comida en la calle, como repartidores a cuenta propia. Algunos son víctimas de mafias que les ofrecen matrimonios arreglados con el fin de obtener la documentación, o de empresas que les inducen a darse de alta (inscribirse) en Hacienda como autónomos (empresarios individuales) con el fin de que los contratistas tengan facturas y así poder disfrazar relaciones laborales que están sujetas a dependencia y además a órdenes directas a estos “supuestos” autónomos.

Todo esto por supuesto es absolutamente grave para ambas partes, es decir, tanto para el venezolano sujeto a la situación, como para España, al país efectivamente le afecta de manera importante, ya que se produce fraude laboral, fiscal, contra la seguridad social, fomenta delitos como la explotación laboral, la esclavitud y matrimonios de conveniencia. Adicional al hecho de que, la misma circunstancia hace que los venezolanos que están sin documentación tengan que pedir ayudas al Estado (alojamiento, becas de comedor, de estudio). También se benefician del derecho a la educación gratuita para sus hijos, así como del sistema sanitario, todo ello sin cotizar a la seguridad social, ni contribuir con el pago de los impuestos recayendo este peso sobre todos los contribuyentes. Otro asunto grave es que el sistema de “asilo” está colapsando en España, hasta hace poco las entrevistas de los peticionarios se realizaba en las dependencias del OAR (Organismo de Asilo y Refugio), actualmente se han habilitado prácticamente todas las oficinas de extranjería, así como comisarias para poder dar atención a las miles de solicitudes, los costos por ello deben ser incalculables, sin contar el hecho de que se les está imponiendo un trabajo a funcionarios que no están especializados, teniendo que dejar a un lado sus verdaderas funciones.

También tiene como consecuencia el incremento de la economía sumergida, ya que, favorece la contratación de mano de obra barata, en algunos sectores antes de contratar a una persona que tenga los permisos en regla y que suponga más costos y menos rentabilidad contratan a irregulares por bajo costo que además no se opongan a jornadas excesivas. Lamentablemente el inmigrante contribuye a esto por la necesidad que le acompaña, no solo de comer, sino de asegurarse el techo y no tener que esperar las ayudas socioeconómicas. Otro asunto gravísimo es el miedo a “denunciar”, los venezolanos por encontrarse en esta situación tienen miedo a acudir a las autoridades cuando son víctima de alguno de los delitos o faltas antes mencionadas, que a su vez derivan en la impunidad y en el acto repetitivo de quienes lo propician.

Si hablamos de aquellos que han solicitado protección internacional, se les concedió por un tiempo determinado y posteriormente se les denegó, el asunto se vuelve más complejo ya que, en muchos casos no advierten a sus jefes que han perdido los permisos de trabajo por miedo a quedar desempleados nuevamente y las empresas sin saberlo se exponen a multas importantes.
El venezolano, así como la inmensa mayoría de inmigrantes que se encuentran irregulares en España no regresaran a sus países, porque temen por sus vidas y prefieren estar llenos de restricciones y miserias, a poner su vida o la de los suyos en riesgo. Por ello, lo único que piden es que se les permita residir legalmente y reestructurarse con dignidad, poder trabajar y de esta manera aportar económicamente al país. Esto solo ocurrirá cuando el Estado como garante de derechos les conceda un permiso temporal, hasta que la situación en Venezuela cambie positivamente para sus ciudadanos y el país sea seguro.

Es importante tener como referencia que, los venezolanos que están viéndose obligados a salir de Venezuela y que no tienen alternativas para regularizarse están optando por la protección internacional, específicamente están solicitando que se les conceda “estatuto de refugiados” sin embargo la mayoría de los solicitantes efectivamente carece de los motivos establecidos en la Convención de Ginebra de 1951 (ser perseguidos por motivos de raza, nacionalidad, religión, opiniones políticas o pertenecer a determinado grupo social). La inmensa mayoría de venezolanos no está huyendo por esos motivos es cierto, pero huyen porque sus vidas corren peligro, por la violencia generalizada extrema, la impunidad en los delitos, la falta de seguridad jurídica, la escasez de alimentos, de medicamentos, por la violación sistemática de derechos humanos, la falta de libertad de expresión, por la corrupción descarada de las autoridades que tienen el poder, por el abuso de esa misma autoridad, huyen, porque ya no tienen esperanza en que el sistema que se ha instaurado cambie.

La solicitud de Protección Internacional de ciudadanos venezolanos en el año 2017 asciende a 10.350, solo se concedió el estatuto de refugiado en 2017 a 15 venezolanos y en la actualidad existen 13.425 solicitudes pendientes de resolver, según cifras del CEAR.

Por su parte, el ACNUR en la nota de orientación sobre el flujo de los venezolanos señala que “Venezuela continúa experimentando un flujo significativo de venezolanos que salen hacia países vecinos(…). A pesar de que las circunstancias individuales y las razones de estos movimientos varían, las consideraciones de protección internacional se han hecho evidentes para una proporción significativa de venezolanos” Así el organismo alienta a los “Estados a que consideren los mecanismos orientados a la protección que les permita una estancia legal a los venezolanos, con las salvaguardas adecuadas. Esto podría, por ejemplo, incluir varias formas de protección internacional, incluso bajo el derecho internacional de los derechos humanos, y protección temporal.

Los mecanismos basados en la protección también podrían garantizar el acceso a los servicios básicos y a los derechos fundamentales, en igualdad de condiciones con otros ciudadanos extranjeros que son residentes legales en el territorio del Estado, de conformidad con las Directrices del ACNUR sobre protección temporal o acuerdos de estancia. Estos derechos incluyen:

  1. Acceso a la atención médica;
  2. Acceso a la educación;
  3. Unidad familiar;
  4. Libertad de circulación;
  5. Acceso a albergue,
  6. El derecho al trabajo.
  7. Garantías de no retorno para que no sean deportados, expulsados, o de cualquiera otra manera forzados a retornar a Venezuela, de acuerdo con el derecho internacional de los refugiados y el derecho de los derechos humanos.

Es por todo lo mencionado anteriormente que pedimos al Gobierno de España que otorgue a los venezolanos en España “Protección Temporal”, que es actualmente el único instrumento jurídico viable que permitirá la regularización de aquellos a los cuales no se les aplique la Convención (estatuto de refugiado) y no tengan opciones o alternativas de visados. Con la Protección Temporal “los Estados deben salvaguardar la integridad de las personas que se hayan visto forzadas a desplazarse de su país de origen o de residencia habitual, debido a conflictos armados o violencia permanente y que hayan estado o estén en peligro grave de verse expuestas a una violación sistemática o generalizada de derechos humanos”.

Este, es el marco jurídico propio para los venezolanos, no solo en España sino también en otros países. Todos los Estados deben recordar que la obligación de protección para aquellas personas cuyas vidas corren peligro y que está dispensada por ellos mismos, tiene su fundamento en el derecho internacional humanitario y en el espíritu de solidaridad y cooperación.

En España la Protección Temporal se encuentra regulada en el Real Decreto 1325/2003, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, el artículo 1 del mencionado RD señala “(…)tiene por objeto regular el régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de terceros países no miembros de la Unión Europea que no puedan regresar en condiciones seguras y duraderas debido a la situación existente en ese país”. Así mismo, el artículo 2 define aquellos que se les considera desplazados como “(…)nacionales de un tercer país no miembro de la Unión Europea o apátridas que hayan debido abandonar su país o región de origen, o que hayan sido evacuados, en particular: a) Las personas que hayan huido de zonas de conflicto armado o de violencia permanente. b) Las personas que hayan estado o estén en peligro grave de verse expuestas a una violación sistemática o generalizada de los derechos humanos”.
De conceder la Protección ésta será por un año prorrogable hasta tres, y las personas que se acojan en este marco tendrán como beneficios:

  1. Libertad de circulación y residencia;
  2. Información sobre sus derechos y obligaciones en una lengua que puedan comprender;
  3. Permiso de residencia;
  4. Título de viaje;
  5. Autorización para trabajar;
  6. Servicios sociales y sanitarios;
  7. Reagrupación familiar;
  8. Solicitar la protección del asilo.

Es muy importante la firma de esta petición a fin de instar ante los organismos correspondientes la solicitud de Protección Temporal para todos los venezolanos que se encuentran en España desprovistos de soluciones.

Por último, queremos señalar a la comunidad venezolana que se encuentra en España, que las autoridades españolas por los momentos no han establecido directrices procedimentales para iniciar este tipo de trámite. Varias personas estamos trabajando para presentar un documento formal con alternativas, y propuestas a fin de que se nos conceda la Protección. Por tanto, aquellas personas que deseen hacer la solicitud no deberán pagarle a ningún abogado, gestor, notario para conseguir el beneficio hasta que el Gobierno Español se pronuncie al respecto.

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