Visado nómada digital

Trabaja en remoto desde España

Visado para nómadas digitales y trabajadores remotos

Todas aquellas personas que no pertenecen a la UE / EEE y que trabajan de forma remota, podrán pasar períodos cortos o prolongados de tiempo en España.

¿Quién puede aplicar al Visado de nómadas digitales?

• Individuos que trabajan de forma remota y son empleados por una empresa no española son elegibles.
• Los trabajadores remotos empleados deben demostrar una relación contractual continua de al menos un año con su empleador.
• Trabajadores remotos o autónomos con un ingreso anual específico.

Beneficios de la visa de nómadas digitales:

• Proceso ágil de visa y residencia.
• Otorga residencia en España y con ello posibilidad de obtener ciudadanía.
• El derecho a residir en España durante cinco años.
• Libertad de circulación dentro de los países de la Unión Europea.
• Régimen Fiscal España Nómada Digital: Una tasa reducida de 15%.

Visa nómada digital

Requisitos para aplicar la visa de nómada digital

• Pasaporte en vigor.
• Carecer de antecedentes penales (Certificado de Antecedentes Penales de los últimos 5 años donde ha residido).
• Certificado de cuentas bancarias con importe suficiente para manutención en España.
• Modelo de Tramitación EX (despacho).
• Poder del cliente al despacho.
• Documentación acreditativa de estudios o especialidad.
• Pago de impuestos (si el cliente ha declarado).
• Cartas de trabajo o constancia de colaboración con empresas.
• Seguro de Salud privado. (El despacho le ayuda a su obtención).
• Certificado médico de no padecer ninguna enfermedad (por confirmar).
• Memoria descriptiva de la actividad que realiza.
• Pago de Tasa al Estado español (aproximadamente 100,00 euros)

Trámite de visado de nómadas digitales

• El trámite se realiza de manera telemática por ante el organismo competente Unidad de Grandes Empresa.
• Se realiza la solicitud con poder de representación, sea que el cliente esté dentro o fuera de España.
• El cliente puede decidir si hacerlo dentro del territorio español y para ello debe estar legal en el país (90 días de estancia). La Unidad de Grandes Empresas dispone de 20 días hábiles para decidir.
• Si el cliente decide hacerlo fuera de España deberá hacerlo por el Consulado de España, iniciando proceso en el país donde se encuentre y tenga permiso de residencia en vigor. Y deberá aportar el mismo de forma presencial el documento. Cuando se hace en consulado el proceso pasa por tres verificaciones: 1.) Entrega de documentos en el Consulado; 2.) Aceptación de la documentación en la Unidad de Grandes Empresas derivado del Consulado; 3.) Envío de nuevo del expediente al Consulado para la obtención de la Visa en el pasaporte.

Honorarios Profesionales (Dentro del territorio español)

• Se incluyen todas las asesorías que el cliente necesite para tener claridad sobre el procedimiento.
• Se entrega de manera formal listado de requisitos.
• Se verifican los documentos que el cliente nos entregue.
• Se pagan las tasas.
• Se redacta poder especial de representación.
• Se inicia el proceso de manera telemática por ante la Unidad de Grandes Empresas.
• Se verifica el avance del proceso cada día, se contestan requerimientos (en caso de que haya alguno).
• Cuando salga favorable se notifica al cliente.
• Se prepara listado de requisitos para la toma de huella y obtención de la tarjeta de identidad de extranjero T.I.E.
• Se pide cita ante la Policía para la tarjeta de identidad.
• Se entrega listado de requisitos para que el cliente pueda renovar sin problema su residencia y pueda cuidar los beneficios de su tarjeta.

Disfruta de los beneficios de ser nómada digital en España,
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