¿Hasta cuando puedo presentar mi solicitud?
El plazo para formalizar la solicitud de concesión de la nacionalidad española para Sefardíes finalizará el próximo día 1 de octubre de 2019. Posteriormente no se admitirán solicitudes posteriores a esa fecha.
La Ley 12/2015, de 24 de junio, acordaba la concesión de nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modificó el artículo 23 del Código Civil y por la que se reguló el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia)
IMPORTANTE: certificados de la FCJE
Aquellos candidatos Sefardíes que hayan cursado la solicitud de concesión de la nacionalidad en la Plataforma del Ministerio de Justicia (http://www.justicia.sefardies.notariado.org/liferay/web/sefardies/inicio) antes del citado 1 de octubre de 2019, y hayan solicitado el certificado de origen de la FCJE, sin que se haya emitido en esa fecha, podrán aportarlo -en su caso- con posterioridad.
Con el fin de evitar obstáculos a la tramitación de las solicitudes que se presenten, se podrá descargar desde cada expediente iniciado en https://certificadosefardies.fcje.org/ un documento que certificará el estado de tramitación del expediente. Este documento deberá acompañarse a la solicitud en el enlace antes señalado.
Plazo de entregas de solicitud:
El Ministerio de Justicia ha emitido una circular para la dirección general de los registros y del notariado sobre el plazo para presentar la solicitud para la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España. indicando:
Se podrá presentar la solicitud de nacionalidad en virtud de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España hasta el día 1 de octubre de 2019, aun cuando no pueda incorporarse a la misma el certificado de origen sefardí expedido por el Presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España, por estar en estudio su expedición.
Si deseas leer la circular completa puedes verla aquí.
Notas informativas adicionales:
https://www.boe.es/boe/dias/2015/09/30/pdfs/boe-a-2015-10441.pdf
Fuente: Federación de Comunidades Judías en España.