Los 130 años del codigo civil

“En este año 2019 se cumplen los ciento treinta años de la promulgación del Código  Civil y los noventa años del fallecimiento de la Reina María Cristina, que firmó la  promulgación.”[1]

Así inicia la Orden JUS/74/2019, de 28 de enero, por la que se crea una Comisión de Trabajo para la Conmemoración del 130º Aniversario de la Promulgación del Código Civil.

La Orden, recuerda en su exposición de motivos el valor del Código Civil para los ciudadanos españoles, advirtiéndo que ella es “la norma reguladora de su vida diaria, la que determina el régimen de su estado civil, de sus contratos, de su herencia, de su relación con los bienes que le pertenecen y con las  personas que le rodean… y, sobre todo, el Código Civil es el derecho de la libertad de los ciudadanos en esos actos que realizan día a día: el Código consagra la libertad para  contratar, la autonomía de la voluntad en la determinación del contenido del contrato, la  libertad para administrar y disponer de los bienes, la libertad de testar… y todo ello, naturalmente, con las debidas limitaciones que exige el respeto de las demás personas  que forman la sociedad.   Reuerda el texto, que el Código Civil ha sido también el texto que ha ido ensanchando el ámbito de actuación jurídica de la mujer, hasta consagrar la plena igualdad”.

¿Cómo se estructura el Código Civil español?

El Código Civil Español fue publicado en un Real Decreto de fecha 24 de julio de 1889 y se estructura en 4 Libros, un titulo preliminar, unas disposiciones finales, unas disposiciones transitorias y unas disposiciones finales.   A saber:

  • Titulo Preliminar. De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia.
  • Libro Primero. De las personas.
  • Libro II. De los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones.
  • Libro III. De los diferentes modos de adquirir la propiedad.
  • Libro IV. De las obligaciones y contratos.
  • Disposición final.
  • Disposiciones transitorias.
  • Disposiciones adionales.

Cada libro a su vez,  se divide en Títulos.

  • El libro Primero tiene 12 títulos.
  • El Libro II tiene 8 títulos.
  • El Libro III tiene una disposicion preliminar y 3 títulos.
  • El Libro IV son 18 títulos.

Todo ello lleva a más de 1900 artículos, sin incluir las numerosas disposiciones recogidas en el Código Civil.

¿Cuál es el valor del Cógido Civil?

La Orden JUS/74/2019, de 28 de enero, hace una clara referencia al valor del Código Civil, pero resulta muy oportuno citar a  Fernando Vidal Ramírez[2], quien define al  “Código Civil como el cuerpo legal que organiza la vida social, al regular las relaciones humanas en el cauce jurídico que propicia.  Por eso la codificacióin no debe ser un planteamiento teórico, debe ser un planteamiento basado en la realidad social a la cual se va a aplicar el Código Civil.”.

Los tres hitos más relevantes de la historia de la codificación civil, según recuerda Vidal Ramírez son:

En primer lugar,  el Código Civil promulgado en Francia en 1804, llamado Código Napoleón, de gran influencia a lo largo del siglo XIX y determinante de la codificación civil de Hispano América, luego de la Emancipación política.

En segundo lugar, ya en el siglo XX, es el Código Civil Alemán de 1900, que es una codificación que también empieza a ejercer influencia en hispanoamérica

El tercer hito es el Cógido Italiano de 1942, el cual advierte Vidal Ramírez, hizo algunas innovaciones importantes, pues pretendió ser un Código de Derecho Privado que fusionara el Derecho Civil con el Derecho Comercial, incluso con el Derecho Laboral, innovación que no fue seguida por otros países como es el caso de España.

Para Vidal Ramírez, el Derecho Civil responde a la necesidad humana de vivir en paz, contribuyendo al trazo de una sociedad en la que los individuos, como personas, puedan realizarse y entablar  sus relaciones jurídicas con tranquilidad y paz.   Es el Derecho troncal, del cual se han ido desprendiendo las diversas ramas del Derecho.

¿Cómo ha contribuido en España el Código Civil?

España inicia el camino para conmemorar el 130 aniversario de su Código Civil, a tal fin ha creado una Comisión cuyo objetivo será la de programar, impulsar y coordinar las acciones y actividades que se prevean para la conmemoración de dicho evento, dentro del Ministerio de Justicia, así como de colaborar con otras instituciones públicas y privadas, y con los particulares que participen en dicha celebración.

La Orden JUS/74/2019 de 28 de enero, expresamente reconoce que el “Código Civil, por su lenguaje preciso y claro, y por sus preceptos prudentes y  equilibrados, ha contribuido decisivamente, a lo largo de su ya larga vigencia, a la convivencia pacífica de la sociedad española”.

¿Está consciente de ello la sociedad española?.  Precisamente allí está el centro de la reflexión social de un Código Cívil de 130 años.

[1] Agencia Estatal de Boletín Oficial del Estado. Orden JUS/74/2019, de 28 de enero, por la que crea la Comisión de Trabajo para la Conmemoración del 130º Aniversario de la Promulgación del Código Civil.

[2] Entrevista a Fernando Vidal Ramírez.  En: Themis 66, Revista de Derecho. 2014. Pp 19-24. Recuperado online en: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/themis/article/viewFile/12685/13238

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