Contratos Temporales

La Temporalidad Laboral En España Un Tema Que Demanda Respuestas

– Un problema que persiste

“España tiene un problema, el gran uso del contrato temporal, que estaba mejorando pero que ahora empeora”, según expresó a EFE el director de investigación de la OIT, Damian Grimshaw; quien además, alertó que la tasa de este tipo de empleos pasó del 23% en los pasados cinco años al 26% actualmente[1].

Así mismo destacó que esa situación es más grave entre “los más jóvenes, donde de un 62% de contratados temporales en la pasada década se pasó al 75%”.

El tema de los contratos temporales no es nuevo, en España ha ocupado un espacio importante de la agenda laboral y económica desde hace años.   Un estudio sobre el tema habla de una sociedad española en donde la tasa de contratación temporal es alta, para el año 2008 era el doble y luego se redujo durante la crisis económica, pero como lo advierte la OIT, ha empeorado.

– Causas de la alta temporalidad

Para el profesor Marcel Jansen (Universidad Autónoma de Madrid e investigador del Fedea)[2], hay un un cierto abuso en la utilización de los contratos temporales. Si bien reconoce que ha habido intentos para reducir la tasa de temporalidad, los mismos han resultado infructurosos.

Recuerda Jansen, que durante la crisis económica 2008-2013, la tasa de temporalidad se redujo en 10 puntos porcentuales porque los ajustes y la destrucción del empleo afectaron sobre todo a los trabajadores con contratos temporales.

La alta temporalidad existente en España, recuerda Jansen, tiene su origen en la reforma laboral del año 1984, cuando se liberalizó el uso de los contratos temporales; además, reconoce que en la reforma laboral de 2012, si bien se redujo la brecha salarial entre contratos fijos y temporales, entre otras cosas porque introdujo medidas acertadas en materia de flexibilidad interna; pero, advirtió, “no resolvió una de las raíces del problema: que es más económico y más seguro rescindir un contrato temporal que un contrato indefinido.”

Para el profesor Jansen, la principal explicación del abuso de la contratación temporal no debe buscarse en el nivel del coste del despido, sino en la diferencia de protección entre trabajadores fijos y trabajadores temporales,

En tal sentido destaca que las diferencias de costes entre trabajadores fijos y temporales incluyen más aspectos que las indemnizaciones por despido, como por ejemplo las diferencias en los costes administrativos y el grado de seguridad jurídica.

Para Damian Grimshaw de la OIT, la temporalidad de los contratos en España está directamente relacionada con la situación económica.

Por su parte, la Comisión Europea[3], reconoce que el mayor uso de la temporalidad en España no puede ser atribuido a una diferente estructura sectorial de la economía, en tal sentido, advierte que “sólo una fracción muy pequeña se explica por un mayor peso de sectores donde el uso de temporales es más genrealizado.”

Según la Comisión en España “existe casi un 30% más de temporalidad en la construcción y en la agricultura que en la media de estos sectores en la UE. En torno a un 15% más en la hostelería, la sanidad y el ocio. Y alrededor de un 10% más en la industria, la educación o los servicios profesionales. Solo la banca presenta una temporalidad cercana a la europea.”

Por su parte, tanto Marcel Jansen, como Tomás Dapena Carabel[4], coinciden en afirmar que la utilización del contrato temporal en España es una expresión de un fraude generalizado, que Jansen además, agrega que se agudiza ante la falta de control alrededor del cumplimiento de la causalidad y las sanciones no son disuasorias ni proporcionales al grado de incumplimiento.

Para Tomás Dapena Carabel, la regulación del contrato de trabajo temporal en el ordenamiento español es buena y, aunque todo es mejorable, no es la causa de la alta tasa de temporalidad.

– El paso de contrato temporal a indefinido

Según la Comisión Europea, en el 2018, en España solo el 8% de los contratos temporales acabaron convirtiéndose en indefinidos al cabo de un año; mientras que en la UE esa conversión ocurrió en un 24% de los eventuales. “Es decir, un temporal en España tiene casi tres veces más difícil convertirse en fijo. Según cifras de la Seguridad Social, la crisis ha hecho que un temporal tarde ahora unos 7,8 años en lograr el estatus de indefinido”[5].

Un reportaje sobre la temporalidad de la contratación en España destaca que al comparar a España con un país nórdico, se puede evidenciar que “un trabajador temporal danés tiene cuatro veces más posibilidades de convertirse en indefinido que uno español. España se sitúa así en el furgón de cola junto a Grecia, Chipre, Polonia, Eslovaquia, Italia o Francia. Solo que el problema se agrava más en el caso español por una circunstancia: la proporción de temporales es más elevada. Al cierre de 2017, la tasa temporalidad se colocó en el 26,8%, la mayor de Europa y 12 puntos más que el promedio comunitario.”[6]

El Informe sobre las Jornadas PIMEC 2018, reconoce que esta modalidad de contratación temporal, podría jugar un papel relevante en la insersión laboral de los más jóvenes sin experiencia.

– Consecuencias de la alta temporalidad

En el informe sobre las Jornadas PIMEC 2018, en las cuales se abordó el tema de la temporalidad, se destacaron las tres dimensiones en donde las consecuencias de la alta temporalidad se hacen evidentes y que resultan coherentes con los distintos estudios y análisis sobre el tema, a saber:

“1) Individual: al tratarse de un empleo inestable y generalmente de salarios bajos, hay pocos incentivos para formarse; además se produce una desigualdad de oportunidades por progresar profesionalmente dentro de la empresa; finalmente, la contratación temporal dificulta la acumulación de derechos a prestaciones contributivas.

2) Social: retraso en la emancipación de los jóvenes y bajas tasas de natalidad.

3) Empresarial: es una evidencia empírica que las empresas con contratos indefinidos (y con poca rotación de personal) están financiando las prestaciones generadas por las empresas que hacen contratos temporales (con una alta rotación de personal). “

La Comisión Europea, por su parte, coincide con esas consecuencias y advierte que la alta temporalidad favorece al desempleo y contribuye a la pobreza en el trabajo.

– La opinión de las instituciones de justicia sobre la temporalidad

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha afirmado que no cabe dentro del sistema legal de la UE que la contratación temporal  sea utilizada para precarizar contratos que deberían ser indefinidos por cubrir las necesidades permanentes[7].

Por su parte, la legislación y jurisprudencia española, “han dejado fuera de toda duda que, ante la existencia de fraude de la ley en contratación temporal, esto es, que no cumplan los requisitos legales para la misma, el contrato se transforma en indefinido”, afirmación ésta que se fundamenta en el numeral 3 del artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el cual se señala expresamente que se presumirán como indefinidos todos aquellos contratos temporales que se celebren en fraude de Ley.

[1] Finazas.com.  OIT prevé bajada del paro en España pero alerta sobre excesiva temporalidad. 13 de febrero 2019. Online en: http://www.finanzas.com/noticias/empleo/20190213/preve-bajada-paro-espana-3993783_age.html

[2] Conclusiones Jornada PIMEC.  La Temporalidad en el punto de mira. 6 de marzo 2018.

[3]El País.  Sólo el 8% de los contratos temporales en España se convierten en fijos. 11 de junio 2018. Online en: https://elpais.com/economia/2018/06/10/actualidad/1528654932_631667.html

[4]DAPENA Carabel, Tomás.  ¿A qué se debe la alta temporalidad en España?.  En Cinco días. El País-economía. 22 de agosto 2017. Onlin en: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2017/07/31/legal/1501500608_887208.html

[5]El País.  Sólo el 8% de los contratos temporales en España se convierten en fijos. Ver nota 3.

[6] Idem.

[7]DAPENA Carabel, Tomás.  Ver cita 4

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