La Segunda Oportunidad es un mecanismo introducido en España a finales de junio 2015, que permite a particulares y autónomos, obtener la exoneración o perdón de determinadas deudas que hasta este momento no han podido hacer frente por diversos motivos como por ejemplo, crisis económicas o personales, cambios en la situación laboral u otras circunstancias que han hecho imposible el pago.
Existen multitudes de personas que por arrastrar deudas viven situaciones de angustia y tienen de alguna manera limitada la posibilidad de desarrollar plenamente su vida, ya que llevan una pesada carga y en muchas ocasiones están incluidos en ficheros de solvencia patrimonial, conocidos como ficheros de morosos, que imposibilitan el acceso a contrataciones, créditos y servicios básicos.
Cumpliendo una serie de requisitos, mediante el procedimiento de Segunda Oportunidad, se puede conseguir la liberación de deudas y con ello el inicio de una nueva vida.
Requisitos para optar a la Segunda Oportunidad
Entre los requisitos más importantes para acceder con éxito a este mecanismo se encuentran los siguientes:
- Que la deuda no supere los 5 millones de euros
- Que no exista condena por delitos económicos o contra la Seguridad Social o Hacienda
- Que el deudor haya actuado de buena fe.
Procedimiento
Una primera fase en la que se intenta llegar a un acuerdo con los acreedores, que se inicia ante una Notaría o Registro Mercantil, donde es nombrado un mediador concursal.
En caso de no llegarse a un acuerdo (lo que suele ocurrir en la mayoría de los casos) acudiremos al Juzgado, dónde después de poner a disposición los bienes que posea el deudor se propondrá un plan de pagos y se solicitará del Juez el perdón de las deudas de carácter privado, es decir Bancos, financieras, tarjetas de crédito, compañías de suministros, proveedores, etc.
Las deudas por alimentos o con Administraciones Públicas tienen un tratamiento diferenciado, pudiendo en el caso de estas últimas intentar conseguir su reducción y fraccionamiento.
Es muy importante tener en cuenta que una vez iniciado el procedimiento de Segunda Oportunidad, se van a paralizar todos los procedimientos judiciales en curso motivados por las deudas y los embargos que existan sobre las nóminas u otros bienes.
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