Ley de Nietos 2020

NUEVA PROPOSICIÓN DE LEY DE NIETOS Y BISNIETOS 

El PSOE (Partido Socialista Obrero Español) junto a PODEMOS han llegado a un preacuerdo para sacar adelante en el Congreso de los Diputados y, posteriormente en el Senado, una nueva Ley de Memoria Histórica, popularmente conocida como Ley de Nietos. Dicho acuerdo señala que se otorgará la nacionalidad española a aquellos que sean descendientes de ciudadanos españoles y que hayan nacido en el exterior. 

Después de tres intentos (junio de 2018, septiembre de 2019 y diciembre de 2019), la Izquierda española ha vuelto a registrar la Proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles. Representantes de ambos partidos, como la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo ha indicado que “la democracia española tiene una deuda pendiente con el exilio que se va a saldar muy pronto”.

Obtención de la nacionalidad española por descendencia

La Ley de Nietos permitiría a los nietos y bisnietos de ciudadanos españoles que tuvieron que exiliar, obtener la nacionalidad europea sin residir en España. Con esta reforma, se beneficiarían cientos de miles de personas, sobre todo en Latinoamérica, pues la migración española durante los siglos XIX y XX eligió en gran medida al continente americano como refugio ante la situación de guerra, crisis económica y las grandes oportunidades laborales que ofrecían estos países.

De este modo, con la propuesta de Ley de Nietos 2020, las personas que pueden optar por la nacionalidad española son todas aquellas que, nacidas en el extranjero, cuentan con progenitores con nacionalidad española y cumplan con ciertos requerimientos.

Deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • En primer lugar, los nietos de emigrantes españoles masculinos que mantuvieron su nacionalidad hasta el nacimiento de sus descendientes.
  • También los nietos de mujeres españolas emigrantes, independientemente de si la mantuvieron, perdieron o recuperaron su nacionalidad antes del nacimiento de sus descendientes.
  • Nietos de personas que adquirieron la nacionalidad del país de acogida por motivos económicos.
  • Descendientes mayores de edad de españoles, a quienes se reconoció su nacionalidad de origen considerando el derecho de opción.

Además, podrán recuperar la nacionalidad española las personas que, pese a haber nacido en España, no la ratificaron al llegar a la mayoría de edad. Esto, según lo contemplado en el Artículo 24.1 y 24.3 del Código Civil.

¿Tienes preguntas? En Isacura Asociados estamos encantados se guiarte. Llama ahora al 807 499 573 o escríbenos un mensaje a info@isacuraasociados.com

Documentos requeridos para optar a la Ley de Nietos:

Hijos de españoles emigrados:

  • Certificación literal de nacimiento del interesado.
  • Certificado original de nacimiento del padre o de la madre expedida por un registro civil español.
  • Si ha nacido antes de 1870, pueden presentar un certificado español de bautismo.

Nietos de españoles emigrados:

  • Documento original del certificado de nacimiento del interesado.
  • Certificación de nacimiento también original (literal) del padre o de la madre.
  • Documento que certifique el nacimiento del abuelo o de la abuela del solicitante. En caso de ser nacido antes de 1870, también podrán consignar la certificación española de su bautismo.

Mayores de edad e hijos de españoles a quienes se reconoció la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción:

  • Certificado de nacimiento original del interesado.
  • Certificación de nacimiento del padre o madre del solicitante donde demuestre que su padre o madre han optado por la nacionalidad española de origen. También pueden presentar certificación literal de nacimiento del interesado donde conste que es hijo de español y que no ostenta la nacionalidad española.

De esta manera, para iniciar el procedimiento de acceso a la nacionalidad, el interesado deberá concertar una cita para aportar los medios de prueba en aquella demarcación consular correspondiente a su lugar de domicilio o, si se encontrase en España, en el Registro Civil Central. Además, la solicitud de la cita se realizará normalmente de forma telemática a través de las páginas de Internet de los registros civiles consulares o del Registro Civil Central.

En definitiva, con esta Ley, si al final sale adelante, se pretende reconocer el esfuerzo que asumieron muchos españoles, que dejaron atrás a sus familias en busca de una vida mejor. En resumen, como han dicho miembros del Gobierno de España, “saldar una deuda histórica” para que muchos ciudadanos tengan el derecho a convertirse en españoles por descendencia.

Recuerda, si tienes dudas puedes contactarnos a nuestra línea de atención al público 807 499 573 disponible las 24 horas del día o puedes escribirnos a través de nuestro correo electrónico info@isacuraasoaciados.com, estaremos encantados de aclarar a todas tus inquietudes.

Fuente:

https://www.directoriocubano.info/actualidad/lo-ultimo-que-dijo-el-gobierno-espanol-sobre-actualizacion-de-ley-de-nietos/
https://www.nuevatribuna.es/articulo/sociedad/nietos-emigrados-espanoles-pendientes-ley-reconozca-derecho-  nacionalidad/20200608160936175892.html https://www.elmundo.es/espana/2020/08/22/5f40dadcfc6c836c6d8b4627.html https://agredabogadas.com/proposicion-ley-de-nietos/

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