La nueva Ley de Memoria Democrática da nuevas claves para optar a la nacionalidad

El gobierno ha aprobado ha publicado el pasado 19 de octubre en el BOE la nueva Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos, la cual tiene importantes cambios y consideraciones de cara a la posición del Estado respecto al pasado dictatorial de España. La ley salió adelante con 128 votos a favor, 18 abstenciones y 113 en contra. . El gobierno afirma que esta nueva ley, sustituta de la ley de Memoria Histórica aprobada durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007, se fundamenta en “los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición (…) y condena el golpe militar de 1936 y la dictadura franquista. Así mismo, esta tiene importantes cambios para los extranjeros de cuya familia salió damnificada del régimen fascista.

La ley puesta en marcha como anteproyecto a comienzos del verano pasado se fundamenta en la condena por todos los medios del régimen franquista, el golpe de estado y toda la represión ejercida por las autoridades sublevadas durante y tras la guerra. Así introduce la apología al franquismo o la exaltación de la guerra civil o la dictadura como un delito bajo pena de multas de hasta 150.000€, al mismo tiempo que plantea la posibilidad de clausurar fundaciones que inciten al odio. Otra parte de la Ley es el reconocimiento de las víctimas creando días en su memoria, así como crear bancos de ADN para que los herederos de las víctimas puedan rastrear a sus antecesores, además de reconocer como víctimas del franquismo a todo aquel que se viese afectado por violaciones de derechos humanos desde el comienzo de la guerra hasta la instauración de la Constitución de 1978.

En este contexto de tratamiento a las víctimas la Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos crea nuevas situaciones en cuanto a la adquisición de nacionalidad en el caso de que seas una persona extranjera descendiente de una persona exiliada de España por motivos de persecución política o cualquier motivo inherente al régimen de Franco. Obtener la nacionalidad española si eres extranjero tendrá las siguientes posibilidades ampliando considerablemente las opciones recogidas en el código civil con la anterior Ley de Memoria Histórica, mucho más restrictiva.

  • Se optará a la nacionalidad si se ha nacido en el extranjero y se tiene un padre, madre, abuela o abuelo de origen español que hubieran perdido o renunciado a su nacionalidad al ser exiliados por motivos políticos, ideológicos, identitarios o de cualquier persecución en contra de los derechos humanos por parte del régimen
  • Se optará a la nacionalidad sii se es descendiente directo de una mujer española que ha perdido su nacionalidad debido a casarse con una persona extranjera antes de la Constitución de 1978
  • Se optará a la nacionalidad si se es hijo o hija en mayoría de edad de aquellos españoles a los que se le reconoció la nacionalidad en virtud del derecho de opción con la Ley de Memoria Histórica de 2007.

Actualmente esto abre nuevas posibilidades para la adquisición de la nacionalidad española que puede favorecer enormemente a extranjeros perjudicados por la dictadura que no disponen del derecho legítimo de su familia de habitar en su nación de procedencia por haber sido expulsada de esta. No obstante, cabe destacar que la ley supone un conflicto de intereses al ser tachada por algunos sectores de la política española como un atraso y de “remover el pasado” y no está exenta de ser derogada en futuros gobiernos o sufrir graves modificaciones o atrancos.

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